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Sindicato nacional de
trabajadores del Seguro Social

Comité


Secretarios

Enf. María Guadalupe Camarillo Martínez Secretaria General

Secretaría General

Son obligaciones y atribuciones de la Secretaria General:

 

I. Llevar la representación del Sindicato Nacional de Trabajadores del Seguro Social y del Comité Ejecutivo Nacional, en todos los actos en que la organización participe.

II. Ser integrante ex oficio de toda comisión.

III. Firmar, conjuntamente con el Secretario del Interior y Propaganda, las Convocatorias para Plenos del Comité Ejecutivo Nacional, así como las Convocatorias a Congresos y Consejos Nacionales o Asambleas.

IV. Asistir a los Congresos y Consejos Nacionales que se celebren y a los Congresos y Consejos Seccionales o Delegacionales Foráneos Autónomos, o Asambleas que estime conveniente.

V. Presidir las juntas del Comité Ejecutivo y Plenos de Comité y Comisiones, en las que tendrá voto de calidad en casos de empate.

VI. Respetar y vigilar el cumplimiento estricto de estos Estatutos y de los asuntos emanados de los Congresos, Consejos y Reuniones del Comité.

VII. Firmar la correspondencia y documentación de cada uno de los Secretarios y de las Comisiones, en unión del funcionario correspondiente.

VIII. Acordar y resolver oportunamente los asuntos de que le den cuenta los demás integrantes del propio Comité, tomando en consideración la opinión de éstos.

IX. Turnar a las Secretarías y Comisiones los asuntos que sean de su incumbencia cuidando de que cada uno de ellos cumpla plena y eficazmente con sus obligaciones.

X. Presidir el Comité de Huelga.

XI. Autorizar toda la documentación relativa a movimientos de fondos del Sindicato y representarlo en términos de la Fracción XXII del Artículo 75 de estos Estatutos.

XII.  Informar en cada Pleno de Comité sobre el resultado de los acuerdos tomados en reuniones anteriores.

XIII. Extender, revocar o sustituir los poderes generales para los asuntos del Sindicato Nacional de Trabajadores del Seguro Social.

XIV. Proveer a la ejecución de los acuerdos dictados por los Congresos, Consejos o Plenos de Comité cuando su realización no sea de la competencia exclusiva de algunos de los Secretarios.

XV. Dar oportuno aviso al Departamento de Registro de Asociaciones de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, de todo cambio ocurrido en los Comités Ejecutivos Nacional, Seccionales, o Delegacionales y,

XVI. Las demás que se deduzcan de la naturaleza de sus funciones.

 

Hist. Juan Javier Mijares Becerril Secretario Del Interior Y Propaganda

Son obligaciones y atribuciones del Secretario del Interior:

I. Sustituir al Secretario General, en su ausencia, en los términos de estos Estatutos.

II. Autorizar con su firma en unión del Secretario General la correspondencia con los demás órganos y miembros del Sindicato Nacional de Trabajadores del Seguro Social.

III. Acordar, en unión del Secretario General, la correspondencia recibida, anotando el trámite que deba darse; turnará para su estudio y resolución la que corresponda a cada secretario o Comisión y reservará para el Consejo o Congreso Nacional la que sea de mayor interés.

IV. Llevar el registro de los miembros del Sindicato Nacional de Trabajadores del Seguro Social en el que conste el nombre completo, fecha y lugar de nacimiento, estado civil, domicilio, categoría y sueldo, fecha de ingreso al trabajo y al Sindicato Nacional de Trabajadores del Seguro Social, con el retrato y firma del interesado, debiendo contener los datos que se necesiten para tener al corriente el padrón de miembros, con las informaciones que al respecto están obligados a enviarle las Subdelegaciones, Delegaciones y Secciones.

V. Vigilar por la buena marcha en general de todas las oficinas del Sindicato, y de él dependerán en lo administrativo todos los empleados del mismo.

VI. Vigilar la organización y funcionamiento de las distintas dependencias del Sindicato Nacional de Trabajadores del Seguro Social, para procurar que llenen su cometido, con excepción del Departamento Jurídico que depende directamente del Secretario General del Comité Ejecutivo Nacional.

VII. Elaborar el padrón electoral y proporcionar los datos correspondientes a cada unidad electoral sindical, cuando sea necesario.


VIII. Cuidar empeñosamente porque se conserve la unidad y cohesión del Sindicato Nacional de Trabajadores del Seguro Social; evitando que se alteren las buenas relaciones que deben existir entre los distintos organismos del mismo y los agremiados.

XI. Preparar las reformas que deban hacerse a los Estatutos a fin de que, una vez aprobadas por el Comité Ejecutivo Nacional, puedan someterse a la consideración del próximo Congreso.

X. Las demás que se deduzcan de la índole de sus funciones.

Gustavo Flores Bustos Secretario De Conflictos

Son obligaciones y atribuciones del Secretario de Conflictos:


I. Conocer de los conflictos surgidos entre los miembros del Sindicato Nacional de Trabajadores del Seguro Social y el Instituto, y que entrañen violación de alguna Cláusula del Contrato Colectivo de Trabajo.

II. Tratar con el Instituto o sus representantes todos los asuntos relativos a violaciones del Contrato Colectivo de Trabajo a uno o varios de sus miembros.

III. Vigilar el exacto cumplimiento del Contrato Colectivo y Reglamento Interior de Trabajo, por parte del Instituto o sus representantes en los capítulos de su competencia.

IV. Informar al Comité Ejecutivo y en su caso al Consejo o Congreso, sobre las violaciones que se cometan al Contrato y Reglamentos, por parte de las Autoridades del Instituto.

V. Proponer al Comité Ejecutivo y en su caso al Consejo o Congreso, las modificaciones que estime pertinente introducir en el Contrato y Reglamentos indicados.

VI. Mantener la inviolabilidad del Contrato y Reglamentos quedando impedido para celebrar convenios que los modifiquen o desvirtúen con menoscabo de los intereses de los trabajadores.

VII. Exigir ante la Autoridad que corresponda, todos los derechos que pertenezcan a la Agrupación o a sus miembros en particular.

VIII. Vigilar el exacto cumplimiento de las obligaciones encomendadas a la Comisión Nacional Mixta Disciplinaria, asesorando al representante sindical.

IX. Promover la huelga general, de acuerdo con los procedimientos fijados por la Ley y estos Estatutos, asesorándose del Departamento Jurídico.

X. Informar a los miembros del estado que guardan sus reclamaciones, y solicitar de ellos los documentos y pruebas que se requieran para el mejor éxito de sus gestiones.

XI. Cuidar que la Junta de Conciliación y Arbitraje despache todos los asuntos de su competencia, promovidos por el Sindicato Nacional de Trabajadores del Seguro Social, dentro de los términos legales y, en su caso, exigir la responsabilidad en que incurran los funcionarios públicos que en ellos intervengan, por los perjuicios que ocasionen a los trabajadores.

XII. Las demás que se deduzcan de la naturaleza de sus funciones.

 

Dr. Miguel Ángel Antonio Jiménez Secretario Del Trabajo

Son obligaciones y atribuciones del Secretario de Trabajo:


I. Conocer y atender los problemas de trabajo surgidos entre el Sindicato y el Instituto, que no entrañen violaciones al Contrato Colectivo de Trabajo.


II. Tratar con el Instituto o su Representante todo lo relativo a los problemas de trabajo definidos en el inciso "I".


III. Vigilar el exacto cumplimiento del Contrato Colectivo y Reglamento Interior de Trabajo, por parte del Instituto o sus Representantes, en los capítulos de su competencia.


IV. Exigir que el personal sindicalizado no se exceda de la jornada contractual y, en su caso, exigir que se pague el tiempo extraordinario.


V. Tramitar las licencias que por conducto del Sindicato soliciten los agremiados.


VI. Atender oportunamente cuando el caso lo amerite, en Coordinación con las diferentes instancias sindicales.


VII. Las demás que se deduzcan de la naturaleza de sus funciones.

 

Mtra. Mónica María Alvarado Secretaria Del Exterior

Son obligaciones y atribuciones del Secretario del Exterior:

I. Firmar, en unión del Secretario General, la correspondencia de su ramo.


II. Cuidar del mantenimiento de las buenas relaciones exteriores del Sindicato, fomentarlas con las demás agrupaciones, dando cuenta al Comité Ejecutivo y, en su caso, al Consejo o Congreso, de todo lo que juzgue de interés y que tenga por objeto estrechar más las relaciones con Organismos de índole semejante, no sólo del país, sino también del extranjero, procurando un intercambio de conocimientos, principalmente de los resultados obtenidos por las experiencias realizadas en trabajos de otras instituciones de Seguridad Social o Cajas de Ahorro.


III. Autorizar a los Comités Ejecutivos Seccionales o Delegacionales Foráneos Autónomos, para que entablen relaciones con las demás agrupaciones sindicales de su jurisdicción, e intervenir para su buena marcha.


IV. Asistir a los actos que celebren las agrupaciones de trabajadores y para las cuales se reciba invitación.


V. Solicitar, previa autorización del Comité Ejecutivo Nacional, la solidaridad y cooperación de las demás organizaciones de trabajadores del país, y, en su caso, internacionales, y ser el conducto para otorgar las mismas a otras agrupaciones hermanas, en todos aquellos asuntos en que sea necesario nuestro apoyo.


VI. Las demás que se deduzcan de las facultades anteriores y de la naturaleza de sus funciones.

Enf. Rebeca Marisol Sánchez Cazares Secretaria Tesorera

Son obligaciones y atribuciones de la Secretaria Tesorera:

I. Cuidar de la recaudación de los ingresos ordinarios y extraordinarios.


II. Tener bajo su personal responsabilidad los fondos de la Agrupación, que deberán ser depositados a nombre del Sindicato en una Institución Bancaria.


III. Firmar, en unión del Secretario General, toda la documentación relacionada con el movimiento de valores encomendados a su cuidado.


IV. Hacer los pagos que acuerde el Comité Ejecutivo Nacional, Consejo o Congreso, autorizados por el Secretario General cuando no excedan de $100,000.00 (CIEN MIL PESOS) y por la Comisión de Hacienda cuando pasen de esta cantidad.


V. Procurar que la aplicación de los egresos sea en beneficio exclusivo del Sindicato, siendo responsable, de las cantidades que maneje.


VI. Llevar siempre al corriente un Libro Diario y uno de Caja, e informar diariamente al Secretario General de todos los movimientos que se realicen en la Tesorería.


VII. Formular mensualmente un corte de caja y un estado general de contabilidad.


VIII. Practicar un Balance General cada año, que someterá a la consideración y aprobación del Congreso.


IX. Poner a disposición de las Comisiones de Vigilancia y Hacienda la documentación necesaria para facilitar el trabajo de éstas y proporcionar todos los datos que las mismas le soliciten.


X. Despachar la correspondencia relativa a las funciones que tiene encomendadas, firmándola en unión del Secretario General.


XI. Cuidar la conservación de las oficinas y de sus muebles.


XII. Vigilar el abastecimiento y la buena calidad de los artículos que se utilizan en el Sindicato.


XIII. Hacer los descuentos de los sueldos, emolumentos o gratificaciones que correspondan, a los empleados del Sindicato Nacional de Trabajadores del Seguro Social.


XIV. Enterar a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y a la Tesorería del Gobierno de la Ciudad de México, los impuestos que por Ley esté obligado el Sindicato a retener y pagar, así como al Instituto Mexicano del Seguro Social, las cuotas obrero-patronales que está obligado a cubrir por sus trabajadores.


XV. Llevar un inventario valorizado de todos los bienes, muebles e inmuebles, útiles, enseres y demás objetos pertenecientes a la Organización y entregar una copia a la Comisión Nacional de Honor y Justicia y Comisión Nacional de Vigilancia, para su actuación en consecuencia.


XVI. No distraer los fondos en otros objetivos que no sean los propios del Sindicato. De no cumplir con esta responsabilidad se hará acreedor a las sanciones Estatutarias y/o Legales que correspondan.


XVII. Hacer los pagos del personal por medio de nóminas.


XVIII. Elaborar los proyectos de presupuesto de egresos para someterse a la aprobación del Congreso o Consejo Nacionales.


XIX. Glosar las cuentas que le sean enviadas por las Secciones, Delegaciones y Subdelegaciones para incluirlas en sus informes.


XX. Recaudar del IMSS los descuentos aplicados a los trabajadores para cubrir el pago del Fondo de Ayuda Sindical por Defunción.


XXI. Pedir informes a los Tesoreros de las demás entidades del Sindicato Nacional de Trabajadores del Seguro Social cada seis meses acerca del movimiento de fondos y su manejo, y dar las instrucciones que procedan para la mejor administración de los mismos.


XXII. Auditar mínimo un año antes del término de la gestión y en cualquier tiempo las Tesorerías de las Secciones, Delegaciones y Subdelegaciones, para cerciorarse de la buena administración de los fondos del Sindicato, y visitarlas cuando lo considere oportuno. Rendir en los términos de estos estatutos cada seis meses, cuenta completa y detallada de la administración del patrimonio sindical. La rendición de cuentas incluirá la situación de los ingresos por cuotas sindicales y otros bienes, así como su destino.


Esta información se entregará por escrito a cada miembro del sindicato dejando constancia de su recepción, misma que deberá de remitirse dentro de los diez días siguientes, al Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral.


XXIII. Las demás que se deduzcan de las anteriores y estén de acuerdo con la naturaleza de sus propias funciones.

 

Dr. Leopoldo López Juárez Secretario De Previsión Social
C. Ana Luisa Heredia Wences Secretaria De Igualdad Sustantiva

Son obligaciones y atribuciones de la Secretaria de Acción Femenil:

I. Formar parte de la Comisión de Guarderías para dictaminar el derecho a la prestación contractual de Guardería o al pago supletorio correspondiente.


II. Vigilar el exacto cumplimiento del Reglamento de Guarderías.


III. Preparar las propuestas y proyectos que sean necesarios para gestionar el establecimiento de Guarderías Infantiles, en todos los centros de trabajo que sea posible.


IV. Planear, coordinar y llevar a cabo programas vacacionales de verano y programas de sábados recreativos para los hijos de los trabajadores en el Valle de México y los estados.


V. Cuidar que las trabajadoras sindicalizadas y los menores disfruten de los descansos especiales y de las prerrogativas establecidas por la Ley Federal del Trabajo, la Ley del Seguro Social, el Contrato Colectivo de Trabajo y los Reglamentos que rijan nuestra relación laboral.


VI. Establecer relaciones con las Secretarías de Acción Femenil de Organizaciones similares a la nuestra, para coordinar labores afines.

Enf. Elvia Elena Pomares González Secretaria De Asuntos Técnicos
C. Juan Antonio Camargo Martínez Secretario De Actas Y Acuerdos

Son obligaciones y atribuciones del Secretario de Actas y Acuerdos:

I. Levantar las actas de cada uno de los Congresos o Consejos Nacionales, Juntas de Comité Ejecutivo y Asambleas de rama, las que después de aprobadas asentará en el libro respectivo.


II. Tomar nota de la asistencia a los Congresos, Consejos y Juntas de Comité Ejecutivo y Asambleas.


III. Cuidar la redacción y claridad de las actas y responder de los cambios o alteraciones que se hagan en las mismas una vez aprobadas.


IV. Entregar a los Secretarios o Presidentes de Comisiones al día siguiente de que se celebre el Congreso, Consejo, Asamblea o Junta un resumen de los acuerdos que deban atender.


V. Controlar la realización de los mismos para estar en actitud de informar en la siguiente reunión de los acuerdos pendientes de cumplimiento.


VI. Llevar la estadística general de la Agrupación.


VII. Dirigir las labores del Archivo Central del Sindicato, y


VIII. Las demás que se deduzcan de las anteriores, de acuerdo con la índole de sus funciones.

 

 

C. José Antonio Vázquez Cervantes Secretario De Prensa

Son obligaciones y atribuciones del Secretario de Prensa las siguientes:

I. Tener bajo su cuidado y responsabilidad la publicación del Órgano Oficial del Sindicato.


II. La difusión y explicación de los derechos y obligaciones de los trabajadores, a fin de inducirlos a su fiel observancia en beneficio de la Seguridad Social y del prestigio del Sindicato.


III. Procurar que la prensa nacional, dé cabida a todas las noticias relativas a los diversos actos de nuestra Organización, vigilando que las informaciones de la prensa nacional referidas a nuestro Sindicato se apeguen a la verdad y se desarrollen con espíritu constructivo.


IV. Establecer intercambio de las publicaciones de carácter sindical editadas por la Secretaría con las diversas agrupaciones sindicales del país y del extranjero.


V. Desarrollar una eficaz propaganda del Sindicato y de sus miembros con las diversas agrupaciones sindicales del país.


VI. Mantener constantemente informados a los miembros del Sindicato, de sus más importantes actividades, por medio de circulares y boletines, correo electrónico y otros medios digitales, debidamente autorizados haciendo de su conocimiento, los términos de los Convenios celebrados entre el Sindicato y el Instituto, en un plazo no mayor de 15 días, después de su firma.


VII. Dirigir y controlar la labor de propaganda exterior y de divulgación que realice el Comité Ejecutivo Nacional, además de la prevista en la fracción anterior, por todos los medios publicitarios que estén a su alcance.


VIII. Las demás que se deduzcan de las anteriores y que estén de acuerdo con la índole de sus funciones.

 

 

Tec. Rad. Inés Victoria Castañares Ramírez Secretaria De Admisión Y Cambios

Son obligaciones y atribuciones del Secretario de Admisión y Cambios:

I. Expedir las propuestas sindicales para la iniciación del trámite de ingreso de los trabajadores.


II. Vigilar el exacto cumplimiento del Reglamento de Bolsa de Trabajo.


III. Vigilar el exacto cumplimiento del Reglamento de Selección de Recursos Humanos.


IV. Vigilar el exacto cumplimiento del Reglamento de Escalafón.


V. Conocer de los problemas relacionados con el ingreso de trabajadores, cambios y promociones escalafonarias.


VI. En los casos de vacantes y una vez corridos los escalafones respectivos, proponer a los candidatos para cubrirlas, de conformidad con la cláusula de admisión del Contrato Colectivo de Trabajo.


VII. Tratar con los Representantes del Instituto todos los asuntos relacionados con violaciones de los Reglamentos de Bolsa de Trabajo, de Selección de Recursos Humanos y de Escalafón.


VIII. Normar y supervisar el trabajo de la Representación Sindical en las Comisiones Nacionales Mixtas de Bolsa de Trabajo, de Selección de Recursos Humanos y de Escalafón.


IX. Firmar, en representación del Sindicato los nombramientos de los trabajadores.


X. Proponer al Comité Ejecutivo Nacional y en su caso al Congreso Nacional, las modificaciones que estime pertinentes introducir en los Reglamentos de Bolsa de Trabajo, de Selección de Recursos Humanos y de Escalafón.


XI. Las demás que se deduzcan de las facultades anteriores y de la naturaleza de sus funciones.

 

Enf. Miriam Janett Ruíz Sánchez Secretaria De Capacitación Y Adiestramiento

Son obligaciones y atribuciones del Secretario de Capacitación y Adiestramiento:

I. Procurar la capacitación y el adiestramiento de los trabajadores.


II. Vigilar el exacto cumplimiento del Reglamento de Becas en cuanto a cursos de capacitación, adiestramiento, actualización y de Educación Media Superior.


III. Vigilar el exacto cumplimiento del Reglamento de Capacitación y Adiestramiento.


IV. Vigilar y supervisar las actividades del Centro Nacional de Capacitación y Productividad y coordinar el funcionamiento de los Centros de las Secciones y Delegaciones Foráneas Autónomas.


V. A petición de los integrantes del Comité Ejecutivo Nacional y Comisiones Nacionales, capacitar, actualizar y adiestrar al personal que labora en las instalaciones sindicales.


VI. Procurar el perfeccionamiento de los miembros de la Agrupación, para el mejor desempeño de su trabajo, organizando conferencias, cursos de especialización y promoviendo la apertura de Centros de Capacitación, es el responsable de las Bibliotecas virtuales y Videotecas, debiendo implementar la formación y enriquecimiento de las mismas acorde a la innovación tecnológica. Realizar convenios con instituciones educativas para la mejora en la capacitación del trabajador.


VII. Formar parte de la Representación Normativa de la Comisión Nacional Mixta de Capacitación y Adiestramiento de la que será coordinador general de la representación sindical.


VIII. Cooperar con los Secretarios de Conflictos, Previsión Social, Trabajo y Asuntos Técnicos en la preparación de las reformas que deben de introducirse en el Contrato Colectivo de Trabajo, Reglamentos y Convenios, recabando con la debida anticipación las opiniones que sobre el particular tengan los distintos organismos del Sindicato Nacional de Trabajadores del Seguro Social y los agremiados en lo individual.


IX. Vigilar el cumplimiento de las Cláusulas 114, 115 y 117 del Contrato Colectivo de Trabajo.


X. Las demás que se deduzcan de las anteriores, que estén de acuerdo con la índole de sus funciones.

C. Angélica González Camarena Secretaria De Acción Social

Son obligaciones y atribuciones del Secretario de Acción Social:

I. Organizar los eventos sociales de los Congresos, Consejos y Asambleas del Sindicato.


II. Participar en la organización de los eventos sociales que se programen por los Comités Ejecutivos Seccionales y Delegacionales Foráneos Autónomos.


III. Participar en la organización de los eventos culturales y políticos convocados por los Comités Ejecutivos Nacional, Seccional y Delegacional Foráneo Autónomo.


IV. Diseñar estrategias a través de planes, programas, cursos, foros, jornadas, entre otros, orientados a fomentar la calidad de la Seguridad Social.


V. Las demás que se deduzcan de las anteriores y que estén de acuerdo con la naturaleza de sus funciones

Enf. Adriana Rosales Trejo Secretaria De Fomento De La Habitación

Son obligaciones y atribuciones del Secretario de Fomento de la Habitación:


I. Vigilar el exacto cumplimiento del Reglamento para el otorgamiento de Créditos Hipotecarios.


II. Promover la creación de las Colonias de los Trabajadores, tanto en la Ciudad de México como en aquellos lugares en que se encuentre establecido el Seguro Social.


III. Atender los problemas que tengan los miembros del Sindicato en todo lo referente a la Habitación.


IV. Distribuir las casas que el Instituto le asigne a los trabajadores del Seguro Social, en todas aquellas colonias que construya.


V. Llevar un registro de los trabajadores que viven en todas estas colonias, con el objeto de evitar que su número disminuya, procurando aumentar éste, de evitar que su número disminuya, procurando aumentar éste.


VI. Promover el financiamiento y construcción de habitaciones para los agremiados mediante créditos otorgados por instituciones financieras de viviendas tanto gubernamentales como descentralizadas y privadas que convengan, y las prestaciones que al respecto estén pactadas o se vayan conviniendo con el Instituto Mexicano del Seguro Social.


VII. Tramitar en los términos de la Ley relativa, que los agremiados disfruten de los beneficios que otorgue el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (INFONAVIT) y de las Instituciones que a tal efecto se creen.


VIII. Las demás que se deduzcan de las anteriores y que estén de acuerdo con la naturaleza propia de sus funciones.

 

C. Saulo Roberto Cruz Calixto Secretario De Calidad Y Modernización

Son obligaciones y atribuciones del Secretario de Calidad y Modernización, las siguientes:

I. Establecer y actualizar con el Instituto Mexicano del Seguro Social, los parámetros e indicadores para evaluar la calidad de las acciones que se realizan en la Institución.


II. Coordinar y orientar a las Secretarias Seccionales de Calidad y Modernización.


III. Crear y fomentar los equipos de proyecto que en cada centro de trabajo se requieran.


IV. Estudiar y analizar, previa autorización del Secretario General, programas de modernización de los servicios con la finalidad de realizar las pruebas de campo que permitan evaluar los beneficios.


V. Coordinarse con las Secretarías del Comité Ejecutivo Nacional involucradas en sus funciones.


VI. Las demás que se deduzcan de las facultades anteriores, y de la naturaleza de sus funciones.

 

Comisión de Honor y Justicia

Enf. José Juan Valtierra Sepúlveda Presidente
Enf. José Alejandro Michel Castillo Secretario
Psic. María de Jesús Ramos Aguilar 2da Secretaria

Comisión De Hacienda

Enf. Diana Mendez Hernandez Presidenta
Enf. Verónica Zambrano Ortíz 2da Secretaria

Comisión De Vigilancia

C. Israel Rodríguez Díaz Presidente
Lab. Felipe Soto Martínez Secretario

Comisión De Deportes

C. Enrique Mendoza Salas Presidente
Profa. Monica Maria Alvarado Martínez Secretaria
Psic. Monserrat Loza Rosales 2da Secretaria

Comisión De Fomento A La Seguridad Social

María Antonieta Valenzuela García Presidenta
C. Deyanira Torres Juárez Secretaria

Comisión De Acción Politica

Enf. Sergio Martínez Castro Presidente
Enf. Mauricio David Rangel Molinero 2do Secretario

Representantes Ante Las Subcomisiones Mixtas

Enf. Silvia Juana Ruíz Ruíz Becas
Enf. Fabiola Antonieta Flores Solís Bolsa De Trabajo
Tmae. Georgina Rosalía González Baca Subcomisión Mixta De Calificación Y Selección De Puestos De Confianzas "b"
Dr. Juventino Ordaz Lares Subcomisión De Capacitación Y Adiestramiento
Gustavo Flores Bustos Seguridad E Higiene
César Octavio Montoya Disciplinaria
C. José Daniel Rodriguez Gonzalez Escalafón
C. Eloisa Herrera Lecuona Paritaria De Protección Al Salario
C. Luis Santiago Añorve Representante De Plantillas

 

 
C. Beatriz Liliana Castellanos Romero Ropa De Trabajo Y Uniformes

 

 
Enf. Carlos Contreras Paredes Selección De Recursos Humanos Para Cambios De Rama

 

 
Sitios Oficiales